Shougang presenta el mayor número de conflictos laborales a nivel de gran minería en el Perú

Noviembre 3, 2022

  • Solo mirando información desde 2012, se contabilizaron 19 conflictos laborales, mientras que Las Bambas registró uno exclusivamente laboral y Chinalco cuatro.
  • En el sector, China poseería el 36% de la inversión estimada de proyectos mineros, pero TLC con este país sigue sin incluir cláusulas laborales y ambientales. 
  • El estudio también pone en evidencia vulneraciones a los derechos laborales de trabajadores por parte de empresas chinas en Perú vinculadas a sindicalización y respeto a la negociación colectiva.

Lima, noviembre de 2022.- De acuerdo con el estudio “Relaciones laborales, Obligaciones Extraterritoriales y Derechos Humanos en Inversiones Chinas en Perú”, elaborado por el Centro de Políticas Públicas y Derechos Humanos (Perú EQUIDAD) y el Centro de Solidaridad (Solidarity Center), solo revisando información sobre la gran minería desde 2012, en la minera Shougang, de capitales chinos, se contabilizaron 19 conflictos laborales, mientras que Las Bambas registró solo un conflicto exclusivamente laboral y Chinalco contabilizó cuatro conflictos laborales de un total de 12 que ocurrieron durante ese periodo.

En efecto, sobre la negociación colectiva con Shougang –que ocurre solamente con los trabajadores de planilla–, esta es una de las más complicadas del país. No se ha dado un solo año en el que los sindicatos no hayan realizado huelgas, siendo esta la empresa con más huelgas durante los últimos 20 años. Se tiene registro de 34 paralizaciones, en contraste con las 10 ocurridas en la segunda mina grande con mayor número de huelgas. Ni siquiera en la mediana minería, en donde las condiciones laborales suelen ser peores, es posible encontrar tantas paralizaciones.

La mayoría de los trabajadores de Shougang indicó que los salarios fijados por esta compañía son bajos, menores al promedio de la gran minería; pero que además, no aumentan a pesar de que los convenios colectivos lo exigen.

Y esto podría resultar contradictorio, considerando que, en la actualidad, la situación de la empresa ha mejorado en términos de su producción, que pasó de aproximadamente 3 millones de toneladas en 2001 a casi 9 millones en 2020. Pero este crecimiento no parece haber mejorado la percepción de la población y trabajadores sobre lo que permite la minería.

En el caso de Chinalco, la problemática laboral se enmarca en una serie de desincentivos a la sindicalización. Según el estudio, la tasa de sindicalización en esta compañía estaría en el rango del 15%, mucho menor a Shougang, e incluso por debajo del sector minero en general que llega al 25%.

Por otra parte, encontramos prácticas explícitas de hostigamiento a líderes sindicales. En 2016, Chinalco querelló por la vía penal a la junta directiva del SUTRAMCH por “difamar contra la buena reputación de la empresa”, luego de que el sindicato publicara diversos comunicados que llamaban a la acción colectiva. Según los testimonios, ello propició un cisma dentro de la junta directiva. (…) Es importante notar que otras empresas multinacionales operando en Perú parecieron seguir este camino. Este tipo de prácticas de hostigamiento sindical, a través de la vía penal, es desgastante cuando dura años y produce divisiones internas que perjudican la capacidad de negociación del sindicato.

Manejo de la pandemia por las empresas mineras chinas 

En contraste con Chinalco, en Shougang no se dio las opciones de alojamiento a los trabajadores durante la pandemia. En Marcona solo se colocaron carpas, agrupando hasta veinte trabajadores en un espacio cerrado, propiciando contagios masivos. Un trabajador entrevistado notó que, en una perspectiva comparada, Shougang reaccionó peor que empresas peruanas de mediano tamaño, donde se fueron adoptando progresivamente protocolos preventivos. Para el sindicato, la consecuencia de esta falta de diligencia fue el fallecimiento dos decenas de trabajadores por causas relacionadas al coronavirus. En marzo de 2021, el Congreso peruano formó una comisión para revisar los cumplimientos del protocolo de salud en la mina, algo que no se hizo con otras empresas. En este mismo marco, en el contexto de la pandemia, las multas de SUNAFIL a Shougang sumaron más de un millón de soles.

Número de muertes por accidentes en la gran minería

Es preciso señalar que el número de accidentes fatales es de los más altos entre las empresas mineras grandes: 14 trabajadores desde el año 2000. Esto contrasta con lo registrado en otras empresas grandes, como Antamina (5); Cerro Verde (7) o Yanacocha (8). Comparada con otras empresas chinas, tales como Chinalco (7) o Las Bambas (4), el número resulta alto, aunque esto se podría explicar no solo por diferencias en la gestión, sino también por la tecnología usada o las características de la fuerza de trabajo en cada lugar.

Mecanismos de solución

Para enfrentar esta situación, existen varios actores o espacios clave en la resolución de conflictos y los procesos de reparación. Primero, desde el Poder Ejecutivo a través del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo (MTPE) y las direcciones regionales de trabajo y promoción del empleo que dependen de los Gobiernos regionales; segundo, a través del Congreso de la República; tercero, a través de SUNAFIL, en la que la empresa tiene 26 resoluciones en segunda instancia (en contraste con las tres de Chinalco o las tres de Las Bambas e incluso, frente a las 16 que presenta Yanacocha). 

Las multas dadas en estas resoluciones –la mayoría de las cuales quedan sin ejecución— suman más de 3 millones de soles; cifra bastante superior a la recibida por otras empresas mineras. 

Asimismo, el Poder Judicial es una de las instancias a través de la cual tanto los trabajadores como la empresa buscan resolver sus conflictos. La Embajada China aparece como el último recurso. 

Sin embargo, la capacidad para encontrar soluciones sostenibles ha sido escasa, siendo, salvo por la reciente modificación al reglamento de la Ley de Tercerización Laboral, esfuerzos más simbólicos pues, según el estudio, las intervenciones ocurren “en un marco de enorme desconfianza”.  

Acuerdos comerciales y derechos humanos

Según el estudio de Perú EQUIDAD y Solidarity Center, en estas dos empresas mineras chinas (Shougang y Chinalco) se evidencia una vulneración a los estándares establecidos en los Principios Rectores sobre Empresas y Derechos Humanos de las Naciones Unidas, registrándose relaciones laborales precarias en la actividad de ambas empresas. 

“Lamentablemente en los mas de 10 años de vigencia del acuerdo comercial con China, suscrito originalmente el 2009, el Estado peruano solo ha mostrado interés en ampliar beneficios comerciales, pero no en asegurar protecciones laborales y ambientales. Respecto a las condiciones de trabajo, las empresas chinas, al igual que otras del sector, solo tratan de cumplir con lo estrictamente necesario según la ley. Todo ello, como es el caso de Shougang, genera serios cuestionamientos a los salarios bajos a los que están sujetos, que no aumentan a pesar de que los convenios colectivos logrados a través de arbitrajes así lo establecen, los mismos que la minera se niega a cumplir”, señaló Enrique Fernández-Maldonado de Perú Equidad.

Si bien cada empresa tiene un contexto diferente, tras la investigación realizada, se han encontrado situaciones de vulneración vinculadas a la negociación colectiva y a la sindicalización, derechos humanos reconocidos internacionalmente. También se evidencia que tanto las empresas chinas, como las oriundas desde el Norte Global, acaban enfrentando problemas similares en el país, vinculados a la débil institucionalidad para resolver conflictos, o a las expectativas que tiene una población sin acceso a servicios básicos pese a la llegada de grandes inversiones, señala el estudio.

El estudio elaborado por Perú EQUIDAD y el Solidarity Center, busca fundamentar la necesidad e importancia de incorporar al Tratado de Libre Comercio entre el Perú y China, capítulos que incluyan cláusulas laborales y ambientales –enmarcadas en lo que se conoce como Debida Diligencia Empresarial–, tal como ha ocurrido ya en otros acuerdos comerciales suscritos por Perú con los Estados Unidos, la Unión Europea y Canadá, lo que abonaría por el establecimiento de relaciones comerciales que garanticen el cumplimiento de los derechos humanos de los trabajadores y del cuidado al medio ambiente.